AISGE convoca elecciones para renovar a los 25 integrantes de su Consejo de Administración
- por © Redacción-PRODUCCIONLATINA.com
El Consejo de Administración de Artistas Intérpretes, Sociedad de Gestión (AISGE) entidad profesional que se encarga de gestionar los derechos de propiedad intelectual de los actores, actores de doblaje, bailarines y directores de escena españoles, ha convocado elecciones para renovar ese mismo Consejo de Administración. Las votaciones tendrán lugar el próximo día 16 de junio, sábado, entre las 11:00 horas de la mañana y hasta las 20:00 horas de la tarde.
Las mesas electorales se constituirán en cada una de las Delegaciones de la entidad, en Santiago de Compostela, Sevilla, Valencia, San Sebastián, Barcelonay Madrid.
Se trata de renovar a los rectores de AISGE, en un consejo integrado por 25 miembros. Podrán votar todos los socios, mayores de edad, que ostenten más de 600 puntos conforme al sistema de asignación de puntos previsto reglamentariamente, que no se encuentren incursos en alguna de las siguientes causas de inelegibilidad:
- Pertenecer a algún órgano de gobierno de otra entidad de gestión.
- Formar parte de órganos de gobierno y/o dirección de empresas usuarias.
- Encontrarse suspendido en su condición de socio o haber perdido tal condición en virtud de un expediente sancionador.
- Haber sido declarado incapaz o estar inmerso en inhabilitación o prohibición conforme a la normativa vigente.
- Haber sido cesado o removido del cargo de consejero de AISGE, por sanción disciplinaria, en los últimos 5 años.
El plazo para la presentación de candidaturas es de 10 días hábiles, contados desde la fecha de la presente convocatoria, por tanto, dicho plazo concluye el día 10 de mayo de 2018, a las 18:30 horas.
Las candidaturas deberán presentarse en cualquiera de las Delegaciones y a la atención de la Junta Electoral y deberán reunir los siguientes requisitos:
- Las candidaturas se presentarán en listas cerradas y nominales, con expresión del orden concreto que ocupan los candidatos, la aceptación firmada por cada uno de los candidatos de su pertenencia a la misma y su compromiso de formar parte del Consejo de Administración que se constituya.
- El escrito de presentación de las candidaturas debe expresar claramente la denominación de las mismas.
- Cada candidatura debe incluir tantos candidatos como miembros del Consejo de Administración se vayan a elegir, es decir, 25 candidatos.
- Cada candidatura debe contener al menos un candidato adscrito a cada una de las Delegaciones de la entidad, los cuales deberán encabezar la candidatura. Además, deberá incluir un mínimo de 12 candidatos suplentes, garantizando en todo caso la anterior representatividad de cada una de las Delegaciones. Las vacantes que se produzcan se cubrirán por los suplentes designados atendiendo, en primer lugar, a garantizar la anterior representatividad y, en segundo lugar, al orden de prelación numérico. Ningún candidato podrá formar parte de más de una candidatura.
- El candidato que encabece la lista de la candidatura que obtenga mayor número de votos será el llamado a ostentar el cargo de Presidente del Consejo de Administración que se constituya.
- Cada candidatura designará entre sus miembros a uno de sus integrantes para que intervenga en el procedimiento electoral como representante de la misma a los efectos oportunos. En defecto de designación será representante el primero que figure en la lista de la candidatura. Igualmente, cada candidatura designará un domicilio al objeto de efectuar las notificaciones oportunas durante los días y horas hábiles, sin perjuicio de facilitar, igualmente, un número de teléfono de contacto y/o una cuenta de correo electrónico y fax.
Con objeto de poder remitir la documentación electoral en un único envío conforme a lo previsto en el artículo 12 Reglamento Electoral, se deberá presentar junto con la candidatura copia del programa electoral (con una extensión máxima de 5 folios por las dos caras).
Más información: http://www.aisge.es/elecciones-en-aisge-el-16-de-junio
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Las mesas electorales se constituirán en cada una de las Delegaciones de la entidad, en Santiago de Compostela, Sevilla, Valencia, San Sebastián, Barcelonay Madrid.
Se trata de renovar a los rectores de AISGE, en un consejo integrado por 25 miembros. Podrán votar todos los socios, mayores de edad, que ostenten más de 600 puntos conforme al sistema de asignación de puntos previsto reglamentariamente, que no se encuentren incursos en alguna de las siguientes causas de inelegibilidad:
- Pertenecer a algún órgano de gobierno de otra entidad de gestión.
- Formar parte de órganos de gobierno y/o dirección de empresas usuarias.
- Encontrarse suspendido en su condición de socio o haber perdido tal condición en virtud de un expediente sancionador.
- Haber sido declarado incapaz o estar inmerso en inhabilitación o prohibición conforme a la normativa vigente.
- Haber sido cesado o removido del cargo de consejero de AISGE, por sanción disciplinaria, en los últimos 5 años.
El plazo para la presentación de candidaturas es de 10 días hábiles, contados desde la fecha de la presente convocatoria, por tanto, dicho plazo concluye el día 10 de mayo de 2018, a las 18:30 horas.
Las candidaturas deberán presentarse en cualquiera de las Delegaciones y a la atención de la Junta Electoral y deberán reunir los siguientes requisitos:
- Las candidaturas se presentarán en listas cerradas y nominales, con expresión del orden concreto que ocupan los candidatos, la aceptación firmada por cada uno de los candidatos de su pertenencia a la misma y su compromiso de formar parte del Consejo de Administración que se constituya.
- El escrito de presentación de las candidaturas debe expresar claramente la denominación de las mismas.
- Cada candidatura debe incluir tantos candidatos como miembros del Consejo de Administración se vayan a elegir, es decir, 25 candidatos.
- Cada candidatura debe contener al menos un candidato adscrito a cada una de las Delegaciones de la entidad, los cuales deberán encabezar la candidatura. Además, deberá incluir un mínimo de 12 candidatos suplentes, garantizando en todo caso la anterior representatividad de cada una de las Delegaciones. Las vacantes que se produzcan se cubrirán por los suplentes designados atendiendo, en primer lugar, a garantizar la anterior representatividad y, en segundo lugar, al orden de prelación numérico. Ningún candidato podrá formar parte de más de una candidatura.
- El candidato que encabece la lista de la candidatura que obtenga mayor número de votos será el llamado a ostentar el cargo de Presidente del Consejo de Administración que se constituya.
- Cada candidatura designará entre sus miembros a uno de sus integrantes para que intervenga en el procedimiento electoral como representante de la misma a los efectos oportunos. En defecto de designación será representante el primero que figure en la lista de la candidatura. Igualmente, cada candidatura designará un domicilio al objeto de efectuar las notificaciones oportunas durante los días y horas hábiles, sin perjuicio de facilitar, igualmente, un número de teléfono de contacto y/o una cuenta de correo electrónico y fax.
Con objeto de poder remitir la documentación electoral en un único envío conforme a lo previsto en el artículo 12 Reglamento Electoral, se deberá presentar junto con la candidatura copia del programa electoral (con una extensión máxima de 5 folios por las dos caras).
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